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A partir del 1 de enero de 2020
La 86ª Legislatura de Texas modificó la manera en que se calcula la tasa de impuestos para la aprobación de los votantes para limitar la tasa de crecimiento de los impuestos a la propiedad en el estado.
La Truth-in-Taxation es un concepto consagrado en la Constitución de Texas que requiere que las unidades tributarias locales tomen conciencia a los contribuyentes de las propuestas de tasas impositivas y que les den a los contribuyentes la oportunidad de revertir o limitar los aumentos impositivos. Los propietarios tienen derecho a conocer los aumentos en el valor estimado de sus propiedades y a ser notificados de los impuestos estimados que podrían derivarse del nuevo valor.
Calcular impuestos: tomar el valor imponible, dividir por 100 y multiplicar el resultado por el tipo impositivo. Importe de Impuesto = Valor Impositivo/100*Tipo Impositivo
Términos clave
Tasa de ingresos no nueva: Una tasa calculada que proporcionaría a la unidad tributaria aproximadamente los mismos ingresos que recibió el año pasado de la propiedad que fue gravada en ambos años. Esto no incluye los ingresos adicionales procedentes de las nuevas construcciones.
Tasa propuesta: El tipo impositivo que la unidad tributaria está considerando para su adopción.
Tasa de aprobación de votantes: Este es el máximo aumento de impuestos permitido por la ley sin desencadenar una elección. Se calcula tomando la tasa de mantenimiento y operaciones del año pasado, añadiendo el 8%, y añadiendo la tasa de deuda de la unidad (tasa de interés y de hundimiento del fondo (I&S)).
Tasa adoptada: La tasa impositiva que la unidad tributaria votó para adoptar para el año en curso.
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Este no es un aviso fiscal en tiempo real. Las jurisdicciones tributarias locales mantienen la información relativa a las tasas impositivas, los horarios de las reuniones, los lugares y su disponibilidad. El distrito central de evaluación no garantiza la exactitud de la información fiscal contenida en este sitio. La información fiscal facilitada es responsabilidad exclusiva de la entidad fiscal a la que pertenece.
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